Luis Bizzocchi habría sido el líder de la organización. Se investigan los delitos de asociación ilícita, intermediación financiera ilegal, lavado agravado y libramiento de cheques a sabiendas de la imposibilidad legal de pago.
El juez federal N° 2 de Córdoba capital, Alejandro Sánchez Freytes, dictó la falta de mérito en favor de Luis Raúl Bizzocchi, Marcelo Tobías Nasif y Pablo Damián Abrate por el presunto libramiento de cheques a sabiendas de la imposibilidad legal de pago, por lo que deberá profundizarse la investigación.
La resolución surge tras un fallo de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones que revocó el procesamiento de los tres acusados por ese delito (ya habían sido procesados, con confirmación, por asociación ilícita y lavado agravado).
Cómo habría actuado la banda en Córdoba
Tras la remisión de la causa de la Justicia provincial al fuero federal, el fiscal N° 1 de Córdoba, Enrique Senestrari, se focalizó en la existencia de una presunta asociación ilícita que habría liderado Bizzocchi y que habría consumado varios delitos.
Así, a través de esta organización, de la que también habrían participado Alejandro Pedrosa, Natalia Lucía Sabasta, Gonzalo Allais y Maximiliano Vera Barros, se habrían realizado operaciones de intermediación financiera no autorizadas por el Banco Central.
Varios sospechosos habrían realizado operaciones de descuento de cheques, descontando de los valores un interés mensual y un porcentaje de gastos. Luego, valiéndose de las instalaciones y el personal de la firma que explotaba el loteo Estancia Santa Lucía (en el departamento Santa María) habrían vendido estos valores a distintas personas a los fines de que cancelaran ciertas obligaciones.
Asimismo, habrían puesto a disposición de sus clientes las cuentas bancarias de las firmas que manejaban para que les realizaran transferencias y a sus empleados para que retiraran el efectivo. También habrían asumido el compromiso de reembolsar de manera automática el monto de los cheques que no se pudieran cobrar y los gastos devengados.
Cheques
El fiscal también apuntó contra Bizzocchi, Nasif y Abrate por presuntamente haber emitido una serie de cheques de pago diferido, sabiendo que al tiempo de su presentación no podrían ser pagados, por un valor total superior a los $ 205 millones. Por esa razón, los acusó de libramiento de cheques con imposibilidad de pago.

Para presuntamente evitar que la maniobra fuera rápidamente descubierta y poder extenderla el mayor tiempo posible, habrían intercalado los cheques de una determinada empresa con los de otras, de manera que los valores más recientes cubrieran los anteriores.
Las supuestas maniobras se habrían extendido hasta principios abril de 2022, cuando fueron detenidos y se secuestró documentación, valores y sellos.
Lavado
En el marco de la actuación de la presunta banda, dos personas habrían constituido la firma Raskacielo SA para dedicarse a la importación y exportación de bienes y servicios, entre otras actividades.
Luego, le habrían otorgado el manejo de la firma a Raúl Bizzocchi y Abrate, quienes personalmente y/o a través de personas no identificadas a requerimiento de ellos, habrían hecho las gestiones para su alta fiscal (venta al por mayor de cereales, servicio de transporte o venta al por mayor de productos de alimentación) y la apertura de las cuentas bancarias.
Posteriormente, Bizzocchi, Nasif, Abrate y otras personas hasta el momento no identificadas habrían lavado los activos ilegales para darles una apariencia lícita. De este modo, la principal operación económica habría consistido en la entrega en efectivo y el depósito/transferencias desde cuentas bancarias a las arcas de Raskacielo para adquirir productos que habrían sido exportados por más de U$$ 5 millones cuando, en realidad, esa firma habría carecido de capacidad económica para ello.
Finalmente, los imputados, a través de terceros no determinados, habrían registrado la exportación principalmente de uva, ajo y ciruela por un valor FOB de U$$ 5.250.262 divisas que no ingresaron al país. Orlando Conti también habría participado en el lavado.
En la causa, Bizzocchi, Nasif, Conti, Abrate y Vera Barros están procesados (con confirmación) por presunta asociación ilícita y lavado de activos agravado. También fueron confirmados los procesamientos de Pedrosa, Sabasta y Allais por asociación ilícita.
La Cámara también dictó, en 2024, la falta de mérito (por asociación ilícita) de Rodrigo Maximiliano Marcelo Hoyos Gijón, Ricardo Gustavo Bizzochi, Adolfo Bagur, Ricardo Alfredo Viano, Miguel Ángel Tiezzi, Cristián Alexis Gazagne, Tomás Miguel Novillo Saravia, Nicolás Luis Trucco, Juan Manuel Freire, Miguel Ángel Amil, Gabriel Luciano Meta, Walter Alberto Domínguez, Matías Nicolás Llupia y Francisco Novillo Saravia.
El caso de los cheques
Bizzocchi, Nasif y Abrate apelaron ante la Cámara por el libramiento de cheques presuntamente a sabiendas de la imposibilidad legal de pago por $ 205 millones. El tribunal de alzada concluyó que la conducta impedía, por el momento, subsumir el accionar en el tipo penal.
Al respecto, según puntualizó la Cámara, el sujeto activo de ese ilícito debe ser inexorablemente el librador del cheque, es decir, el titular de la cuenta bancaria y, de acuerdo con la causa, Bizzocchi, Nasif y Abrate no revestían esa calidad, ya que se habrían valido presuntamente de sociedades que, aunque eran manejadas por ellos, estaban a nombre de terceros.
Asimismo, advirtió que no se hallaba acreditado ni determinado un impedimento «legal» para el pago de los cheques al ser presentados a cobro. Señaló, además, la ausencia de individualización de los cheques cuyo pago resultó frustrado, los montos exactos involucrados y quiénes resultaron ser sus destinatarios.

Por el contrario, la Cámara remarcó que existen indicios de que durante gran parte de la maniobra los valores se habrían ido cubriendo, salvo en su etapa final.
Ante el fallo de la Alzada, el juez Sánchez Freytes (secretaría penal a cargo de Josefina González Núñez) sostuvo ahora que “no existen a esta altura evidencias suficientes para conformar el grado de probabilidad que habilite el dictado de un procesamiento ni se ha alcanzado el grado de certeza negativa para desvincularlos del presente hecho”.
De esta forma, les dictó la falta de mérito para profundizar la investigación para procesarlos o sobreseerlos.
Foto: En la causa incautaron barras de oro, dinero y una Ferrari. (PSA)


