Cinco exefectivos acordaron con la fiscalía penas de ejecución condicional.
El Tribunal Oral Federal N° 3 de Córdoba condenó a exefectivos de la Policía Federal a penas de entre ocho meses y tres años de prisión condicional por hurtar miles de dólares y teléfonos iPhone durante dos allanamientos y, en el caso de uno de los ahora exuniformados, por lavar el dinero mediante la compra de un terreno y la cancelación de la deuda con un auto.
En un juicio abreviado, el juez Facundo Zapiola homologó el acuerdo entre los imputados y los fiscales Carlos Casas Nóblega y Augusto Richter y condenó a tres años al exsargento primero Víctor Hugo Noriega (47), por hurto agravado por ser miembro de una fuerza de seguridad y lavado, y a un año al exayudante Alexis Hernán Castro (25), por hurto agravado.
También fueron sentenciados a tres años el exsubinspector Sebastián René Villagra (31) y un año y medio a Federico Andrés Couly (33), ambos por hurto agravado, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público; y ocho meses para el excabo Mauricio Eduardo “Pichi” Luján (46), por abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario.
Poliladrones en Córdoba
Las maniobras delictivas fueron planificadas por Noriega y Villagra, ya que realizaron tareas de inteligencia previas para conocer el poder adquisitivo del damnificado y determinar dónde guardaba teléfonos celulares en infracción aduanera y vigilar sus movimientos.
Con esa información, solicitaron las órdenes de registro al Juzgado Federal N° 3 de Córdoba de manera conjunta con Aduanas.
El plan consistía en sortear los obstáculos para que Noriega y Villagra pudieran actuar en el domicilio en barrio Alberdi sin la presencia de agentes aduaneros ni del propietario, permitiéndoles así apropiarse de los valores sin dejar constancia en las actas.
Durante el procedimiento, Noriega y Villagra hurtaron solapadamente de 30.800 dólares ocultos sobre el placard de una habitación. Introdujeron el dinero en sus mochilas y omitieron asentarlo en el acta.
Semanas después, Noriega utilizó los pesos obtenidos de la venta de esos dólares en el mercado informal para cancelar la deuda prendaria de un Volkswagen Gol Trend mediante depósitos en efectivo.
Luego, usó otros 7.650 dólares del botín para adquirir un lote de terreno en la localidad de Cuesta de Oro, registrándolo a nombre de su esposa.
De forma simultánea ese día se realizó otro allanamiento vinculado al mismo investigado en barrio Altos de General Paz, donde Noriega y Villagra habían acordado con sus subalternos Castro y Couly que ellos sustrajeran los celulares que encontraran allí a cambio de recibir un iPhone 13 cada uno como retribución o pago.
Siguiendo estas directivas, Castro y Couly se apoderaron ilegítimamente de seis teléfonos Apple (tres iPhone 13, dos iPhone 14 y un iPhone 14 Pro Max) que estaban guardados en pequeñas bolsas negras sobre unas sillas del living.
Posteriormente, entregaron los dispositivos a sus jefes. Villagra y Noriega se quedaron con los modelos iPhone 14 y 14 Pro Max y comercializaron uno de ellos en el mercado informal por 500 dólares que se repartieron a medias, mientras planificaban vender el resto para distribuir las ganancias entre los cuatro implicados.
En el transcurso del operativo en Altos de General Paz, Villagra envió mensajes desde el otro domicilio del investigado al grupo de WhatsApp «Grupo Brigada», ordenando textualmente: «Háganle foto al tipo como detenido».
Ante esto, Couly respondió «Siii, OK». Así, cumpliendo la directiva de su superior, Luján y Couly obligaron de manera ilegítima al invstigado a dirigirse al patio del inmueble, apartándolo de la custodia de los testigos instrumentales.
Allí lo amedrentaron diciéndole «si cooperas y depende la cantidad de celulares, te van a salir las cosas fáciles», y lo forzaron a posar de frente y de perfil simulando estar detenido. Luján tomó tres fotografías de esta situación y las envió al grupo de WhatsApp de la brigada.
Postura de los fiscales y las defensas
El fiscal general Casas Nóblega, junto al auxiliar fiscal Richter, presentaron al tribunal el acuerdo de juicio abreviado alcanzado con las defensas.
La fiscalía consideró como atenuantes comunes la colaboración de los acusados con la administración de justicia al evitar la prolongación del proceso, su condición de personas jóvenes con capacidades de reinserción y la ausencia de antecedentes penales.
Como agravante general, remarcó que todos disponían de un medio de vida lícito y no tenían una necesidad real de delinquir. Particularmente para Noriega y Villagra, el fiscal ponderó la naturaleza de las acciones, la extensión del daño económico y la pluralidad de bienes jurídicos afectados. En el caso de Villagra, destacó que tenía mayor responsabilidad al ejercer la jefatura de la brigada.
Por su parte, los imputados admitieron expresamente la existencia de los hechos y sus respectivas responsabilidades delictivas, y sus defensas aceptaron formalmente la acusación y los pedidos de pena bajo la modalidad de ejecución condicional.
Fallo del tribunal
El juez Zapiola homologó las pautas del juicio abreviado y consideró penalmente responsables a los involucrados. Al analizar el cuadro probatorio recopilado, que validó las confesiones, remarcó que las maniobras contaron con un alto nivel de organización.
Respecto a la planificación de los robos por parte de los cabecillas, el tribunal afirmó: «Resulta claro a todas luces que Villagra y Noriega planificaron previamente a que se llevaran a cabo los allanamientos, sortear todos los obstáculos y allanar el camino a fin de que pudieran estar ambos presentes en el domicilio (de Alberdi) sin las presencia de ningún agente o funcionario de Aduanas ni del propietario de la vivienda, a efectos de poder lograr el fin delictivo».
Asimismo, el magistrado convalidó la atribución legal en calidad de coautores al señalar que «las pruebas colectadas acreditan que cada uno de los acusados tuvo un rol determinado» en el entramado criminal.
En relación con el comportamiento extorsivo y los vejámenes aplicados contra el damnificado al fotografiarlo a la fuerza, destacó que las conductas debían encuadrarse en abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.


