El hombre fue acusado de haber despachado la mercadería en Misiones con destino La Falda.
El juez federal N° 2 de Córdoba capital, Alejandro Sánchez Freytes, procesó a un hombre por presunto encubrimiento de un millonario contrabando de miles de marcos y patillas de anteojos de origen extranjero sin aval aduanero.
Diego Javier De Borba (34) está imputado como presunto autor de encubrimiento de contrabando.
El origen de la causa
La investigación comenzó en marzo de 2023 cuando personal de Aduanas Córdoba detectó irregularidades en ocho encomiendas provenientes de Misiones y almacenadas en la empresa Vía Cargo.
Mediante el uso de un escáner de rayos X, los agentes observaron imágenes que sugerían mercadería en infracción, por lo que el juez ordenó la apertura de los bultos. Hallaron 4.800 marcos de lentes y 9.600 pares de patillas para anteojos, valuados en 34.557 mil dólares (más de 7,3 millones de pesos a valor de 2023).
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Los investigadores detectaron que De Borba había despachado los paquetes unos días antes en la ciudad de Puerto Iguazú con destino a la ciudad de La Falda, en Córdoba. Como destinatario figuraba Josua Federico Parmo, aunque no pudo hacerse de la mercadería precisamente por la intervención de Aduanas.
El fiscal federal N° 2, Carlos Casas Nóblega, lo imputó y sostuvo que la falta de documentación, procedencia de la mercadería desde una zona fronteriza y las circunstancias de su envío constituían elementos suficientes para tener por acreditado el origen ilícito de los productos.
Postura de la defensa
De Borba se abstuvo de declarar y su defensa solicitó el sobreseimiento basándose en una supuesta desigualdad ante la ley. Al respecto, argumentó que el coimputado Parmo fue sobreseído tras acceder a un plan de pagos de una moratoria de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca, ex Afip) a la que pudo suscribirse por haber sido notificado en 2023.
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Y señaló que De Borba recién fue notificado en abril de 2025, cuando el plazo para acogerse a ese régimen ya había vencido, por lo que calificó esta situación como una omisión estatal que generó indefensión material.
Postura y argumentos del juez
El juez rechazó el pedido de sobreseimiento y lo procesó al considerar que existen elementos de prueba suficientes para sostener la acusación.
El magistrado explicó que el retraso en la notificación se debió a razones ajenas al tribunal, vinculadas a la necesidad de exhortar al Juzgado Federal de Misiones por el domicilio del imputado, y que el proceso se desarrolló dentro de marcos legales y razonables (sin afectar su derecho de defensa en juicio).
El magistrado sostuvo que el encubrimiento de contrabando es un delito autónomo que puede probarse mediante indicios graves y precisos, como la cantidad y calidad de la mercadería nueva sin respaldo documental.

Y mencionó varios elementos probatorios que complicaron su situación procesal, entre ellos, el informe de la compañía telefónica del acusado. “Permitió establecer que la línea aportada al momento del despacho de la mercadería se encuentra registrada a su nombre, circunstancia que refuerza su vinculación con el hecho investigado”, precisó.
También destacó que, al analizar sus redes sociales, se pudo establecer una “vinculación” entre el perfil de De Borda y otro usuario que ofrecía la mercadería de origen extranjero. Eso, !sumado a los antecedentes donde figura imputado en otros procesos por infracción a la ley 22.415 (Código Aduanero)-, permite inferir que no se trataría de un hecho aislado”, señaló el magistrado.
“El imputado habría intervenido en la operatoria al despachar las encomiendas con mercadería de origen extranjero sin respaldo documental”, agregó.
Foto: Imagen ilustrativa. (Pexels.com/Saliem Moeslan)


