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Ratificaron la condena para el exsuboficial que intentó coimear a un policía que investigaba al “Zar de la Droga” en Río Cuarto

  • PorJudiciales
  • mayo 15, 2026

Casación Penal rechazó la apelación de Cristian Fabián Pereyra, sentenciado a un año y ocho meses de prisión en suspenso.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a un año y ocho meses de prisión en suspenso contra un exsuboficial que intentó coimear a un efectivo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) para que averiguara información reservada sobre Claudio Torres, “el Zar de la Droga” asesinado en 2019.

Los casatorios Diego Barroetaveña, Javier Carbajo y Gustavo Hornos rechazaron el recurso interpuesto por la defensa del contador y exsuboficial de la Fuerza Aérea Cristian Fabián Pereyra contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Córdoba (TOF3), de 2025. De esta forma, Casación ratificó la pena por cohecho activo.  

El caso en Río Cuarto

Los hechos que originaron la condena se centran en un intercambio de mensajes de WhatsApp, en 2017, entre Perereyra, entonces suboficial de la Fuerza Aérea y empleado de un estudio contable, y el oficial de la PSA, Mauro Mariano Pedrone.

Pereyra envió un mensaje de voz al policía consultándole sobre una investigación de narcotráfico referida a Claudio Torres (luego asesinado a balazos, en 2019). También conocido como “Lecayo”, Torres colideró una banda de narcotraficantes junto con los hermanos Andrés y Mariano Martín Rivarola, Gabriel Bossi y Cristian Fabián Ortiz.

Para el juez de Río Cuarto, Carlos Ochoa, la organización compraba marihuana y cocaína en Buenos Aires y Santa Fe, la transportaba a Río Cuarto y la comercializaba en Córdoba, Puerto Madryn, San Luis o Chile, para luego blanquear las ganancias.

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La causa alcanzó ribetes escandalosos, por lo que llegó a conocerse como el “narcoescándalo” de Río Cuarto, debido a la participación que tuvo en la banda Gustavo Osvaldo Oyarzábal, entonces jefe de Investigaciones de la Policía de la Provincia, quien brindó información clave a los narcos.

Así, la investigación pasó de la Policía de Córdoba y la Policía Federal a manos de la PSA. En este marco, Pereyra le preguntó a Pedrone (su hermano era amigo de Pereyra) si tenía “indicios o conocía a alguien que estuviera investigando a un cliente”, haciendo referencia específica a la necesidad de obtener información sobre una patente vehicular.

“Escuchá esto: si me podés ayudar o no… Si no, no hay ningún drama. Yo estoy trabajando con mi jefe, amigo y contador. Resulta que uno de los clientes más grandes que tiene (presuntamente, Torres) no sé en qué cosa rara anda; lo estaban filmando. Cuando se le acercaron, eran dos agentes de la PSA. Le tomaron el número de patente, pero no sabe qué andan buscando. Y mi jefe quiere conseguir los datos o algo de este loco para ‘arreglar’”, le dijo.

“Se ve que hay mucha plata en juego. Por eso te pregunto si con la patente podés saber qué onda o si está en una investigación. O si no, le digo al amigo mío que trabaja conmigo que te llame y arreglará ‘eso’. Si hay mucha plata, seguramente te van a dar una ‘cometa’. Pero no dije nada yo, no quiero meterme mucho”.

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“No sé en qué andan y además tampoco quiero ensuciar tus principios, porque vos sí laburás ahí. Te pregunto de onda. Si no, no hay drama; que lo arreglen ellos”, le dijo.

Pereyra le agregó: “Si hay mucha plata, seguramente te van a dar una ‘cometa’ (…). No quiero meterme mucho, no sé en qué andan y además tampoco quiero ensuciar tus principios”.

Pedrone le preguntó cómo sabía que eran policías, y Pereyra le respondió que ese “cliente” del estudio (por Torres) había observado a los efectivos con “el uniforme de la PSA, mepa. Y el auto está radicado en Ezeiza, mepa”. Y seguidamente le envió la patente en la que los efectivos circulaban.

Eso coincidió con los datos de la investigación, ya que Torres se les acercó y, con la excusa de preguntarles por una calle, tomó una foto al Volkswagen Gol oscuro de la PSA.

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Tras recibir los mensajes, Pedrone informó lo sucedido a sus superiores, lo que derivó en la entrega voluntaria de su teléfono celular ante el Juzgado Federal de Río Cuarto para asegurar la evidencia.

Dos días después, y mientras Pedrone se encontraba prestando declaración testimonial ante el juez Ochoa en el marco de la causa de Torres, Pereyra le envió un nuevo mensaje en el que le preguntó: “¿Pudiste averiguar algo?”.

El fiscal de Río Cuarto, Rodolfo Cabanillas, confirmó que los mensajes provinieron de la línea a nombre de Pereyra. Finalmente, el TOF3 lo condenó por cohecho activo: “Del contenido del mensaje surge que Pereyra tenía conocimiento de su actuar y la voluntad de realizarlo, toda vez que le ofrece una ‘cometa’, término coloquial que se utiliza para suplantar la palabra dádiva o coima”.

Postura de la defensa de Pereyra

La defensa de Pereyra, a cargo del excamarista cordobés Emilio Andruet, apeló ante Casación y planteó la nulidad de la prueba digital, al alegar que se había roto la cadena de custodia al no realizarse una extracción forense bajo estándares técnicos ni preservarse el dispositivo original del oficial Pedrone.

Sostuvo que el tribunal de origen basó la condena en una fundamentación aparente, confundiendo la integridad física de los soportes con la autenticidad del contenido digital.

Asimismo, argumentó que las frases utilizadas en el audio eran ambiguas, condicionales y carecían de la especificidad necesaria para constituir una oferta de soborno típica, calificándolas como una mera «imprudencia conversacional».

Finalmente, invocó la vulneración de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable, señalando que el proceso se extendió por más de diez años desde el inicio de la investigación.

Fallo de Casación

La Sala I de Casación, con los votos de los camaristas Barroetaveña (lideró el acuerdo), Carbajo y Hornos, rechazó los agravios del defensor Andruet y confirmó así la condena.

Fundó su decisión en que la evidencia digital fue debidamente asegurada tras la presentación voluntaria del testigo y que su contenido fue verificado durante el juicio.

“Se observa que el sentenciante (el TOF3 de Córdoba) ha valorado acertadamente el cargoso cuadro probatorio reunido en autos para rechazar los distintos cuestionamientos esgrimidos por la defensa de Pereyra durante la celebración del debate oral reeditados en iguales términos ante esta instancia casatoria”, indicó Barroetaveña.

“Contrariamente a lo alegado por la defensa, la conclusión a la que arribó el a quo en cuanto tuvo por acreditada la responsabilidad penal de Pereyra en los hechos, se encuentra exenta de fisuras lógicas y constituye una derivación razonada del derecho vigente que se ajusta a las circunstancias comprobadas de autos”, añadió.

De esta forma, indicó, “las pruebas reunidas a lo largo del juicio, valoradas de acuerdo con las reglas de la sana crítica racional, de la lógica y de la experiencia, han permitido demostrar fehacientemente que Pereyra incurrió en el delito de cohecho activo por el cual fue adecuadamente acusado por el Ministerio Público”.

Casación sostuvo también, respecto a la tipicidad del delito, que no se requieren fórmulas solemnes ni una cuantificación exacta de la coima.

“El delito de cohecho activo no requiere la adopción de formas solemnes ni la cuantificación expresa de la dádiva ofrecida como alega la defensa, bastando con que la conducta exteriorice —aun de manera implícita o indirecta— una promesa idónea para incidir en el ejercicio de la función pública. En tales condiciones, la subsunción jurídica efectuada por el tribunal a quo constituye una derivación razonada del derecho vigente con ajuste a las particulares circunstancias del caso”, dijo el camarista Carbajo.

Sobre el reclamo por la demora del proceso, el camarista Barroetaveña indicó que el planteo de la defensa fue genérico y no logró demostrar una “inactividad” judicial (como planteó la defensa) injustificada que acreditara la afectación de la garantía de plazo razonable.

Finalmente, concluyó que la determinación de la pena de un año y ocho meses impuesta fue “ostensiblemente inferior” a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal y cuenta con la “fundamentación jurídica mínima, necesaria y suficiente” exigida “sin que la defensa de Pereyra haya logrado demostrar -ni se advierte- la arbitrariedad que alega”, agregó Barroetaveña.

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