Durante tres años deberá regularizar y remediar, pagar una multa y realizar compensaciones económicas.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba capital concedió la suspensión del juicio a prueba (probation) por tres años a un empresario del rubro de la cría de cerdos acusado de contaminación ambiental en la localidad de Serrano.
La resolución frena el juicio contra Aldo Gustavo Longo, socio gerente de la empresa La Paloma, cambio del cumplimiento estricto de una serie de reglas de conducta, obligaciones ambientales, el pago de la pena de multa, compensaciones económicas y la ejecución de tareas comunitarias educativas.
La acusación por contaminación ambiental contra Longo
La causa contra Longo se originó a partir de su imputación como autor penalmente responsable del delito de contaminación ambiental. La Paloma se dedica al a la explotación e industria porcina (cría intensiva de cerdos).
La elevación a juicio, resuelta por el Juzgado Federal de Río Cuarto en 2024, se fundó en irregularidades vinculadas con la gestión, acumulación y vertido de efluentes pecuarios provenientes del criadero.
Las actuaciones señalaron que las maniobras generaron alteraciones y afectaciones en cuerpos de agua superficiales y suelos de la zona, concretamente en la Laguna Gregoris, el canal artificial derivador y el área de Bajo Ullate.
La postura de la querella
Por su parte, los querellantes particulares se opusieron a la concesión de la suspensión del juicio a prueba. Argumentaron que el bien jurídico tutelado no se encontraba resguardado, toda vez que el establecimiento operó durante años sin las correspondientes autorizaciones administrativas y con certificados de residuos peligrosos vencidos.
En caso de que el tribunal otorgara el beneficio, solicitaron de manera subsidiaria la imposición del plazo máximo de suspensión de tres años, la elevación de la reparación económica a 120.000 dólares para los querellantes, la clausura y cegado definitivo del canal artificial que conecta la Laguna Gregoris con Bajo Ullate, la exigencia de un plan formal de remediación con monitoreo constante y la extracción de testimonios para investigar eventuales responsabilidades de funcionarios públicos ambientales.
La postura de la defensa
La defensa de Longo solicitó la probation y sostuvo que el imputado no tiene antecedentes penales y que la firma realizó modificaciones de infraestructura para adecuar su funcionamiento.
Como propuesta de reparación, ofrecieron abonar el mínimo de la multa, $ 23.300.000 a cada uno de los querellantes (en cinco cuotas mensuales) y $ 15.000.000 a la Municipalidad de Serrano para obras públicas y la realización de charlas sobre buenas prácticas ambientales en dos colegios secundarios de la región.
La postura del MPF
El Ministerio Público Fiscal (MPF) condicionó su conformidad a la probation al cumplimiento de exigencias de regularización ambiental.
Valoró los informes técnicos producidos por la División Delitos Ambientales de la Policía Federal, que indicaron que al momento de la inspección no se detectaron vertidos activos sin tratamiento atribuibles a la empresa.
No obstante, al advertir la existencia de trámites administrativos pendientes ante la Administración Provincial de Recursos Hídricos (APRHI) y la Secretaría General de Ambiente de Córdoba, el MPF supeditó la viabilidad del beneficio a que el imputado obtenga y mantenga vigentes todas las licencias y habilitaciones exigibles.
Fallo del tribunal
El Tribunal N° 2 hizo lugar a la suspensión a la probation por tres años. Dispuso el pago del máximo de la multa prevista por la norma aplicable, fijada en $ 200.000, e impuso el pago de $ 23.300.000 a cada querellante en cinco cuotas actualizables por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Respecto de los $ 15.000.000 destinados al Municipio de Serrano, el tribunal ordenó que sea aplicada exclusivamente a acciones de saneamiento, prevención y recomposición ambiental en el área del basural a cielo abierto, la planta de efluentes cloacales y la Laguna Gregoris.
Asimismo, el tribunal fijó un marco de diez reglas de conducta obligatorias.
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