El juez Sánchez Freytes declaró la caducidad de instancia.
El Juzgado Federal N° 2 de Córdoba declaró la caducidad de instancia en una demanda por daños y perjuicios contra las empresas Dadone Argentina SA y Pan American Energy (Axion), luego de que el proceso permaneciera inactivo por más de nueve meses.
La demanda en Córdoba
La actora relató que el 24 de mayo de 2019 consumió una caja de leche Cindor, elaborada por Dadone y adquirida en una estación de servicio Axion.
Afirmó que, tras la ingesta, sufrió diversos problemas de salud como ardor estomacal, gastritis, diarrea y vómitos, y aseguró haber descubierto que el envase contenía un envoltorio plástico de nylon contaminante en su interior.
En consecuencia, demandó a las empresas y reclamó un resarcimiento de 4.095.093 pesos más intereses.
Respuestas de las empresas
Pan American Energy solicitó el rechazo total de la demanda. Dijo que si bien reconoció el ticket de compra por una Cindor, negó, por no constarle, que la caja de leche chocolatada fuera la misma de la que se quejó la demandante.
También negó que la Cindor tuviera un nylon contaminante en el interior y que le hubiera generado afecciones a la salud de la mujer. Recordó además que Danone era la productora de ese producto.
Danone pidió al juez rechazar la demanda y aclaró que su único rol es la comercialización del producto y que la firma Mastellone Hermanos SA es la exclusiva responsable de su fabricación y envasado.
De esta forma, solicitó la citación de Mastellone como tercero responsable y de HDI Seguros SA como citada en garantía.
A su turno, Mastellone pidió rechazar la demanda. Al respecto, negó que el envoltorio hubiese contaminado la leche, que hubiera habido una falla en los controles bromatológicos y solicitó la caducidad de instancia.
Sostuvo que el último acto procesal idóneo para avanzar en la causa había ocurrido en junio de 2025 y que, desde entonces, la demandante había abandonado el proceso.
Finalmente, HDI Seguros, aseguradora de Dadone, también pidió el rechazo de la demanda. Negó todos los hechos de la actora, rechazó que existieran contaminantes o falta de controles de higiene en la producción de la Cindor.
Fallo del Juzgado Nº 2
El juzgado hizo lugar al planteo de Mastellone y declaró perimida la acción judicial.
Tras analizar las constancias del caso, el juez verificó que, efectivamente, desde la reserva de un alegato en junio de 2025 hasta la presentación del incidente en marzo de 2026, la demandante no realizó ningún acto de impulso, permitiendo que transcurriera el plazo legal de inactividad.
“La inactividad de la parte actora no permitió hacer avanzar el proceso hacia el dictado de la resolución definitiva y a la fecha del planteo de caducidad de instancia -27 de maro de 2026- ya había transcurrido el plazo previsto. En consecuencia (…) corresponde hacer lugar al planteo de caducidad formulado por Mastellone y declarar perimida la acción”, dijo.


