El 31 de julio del corriente año la Unión de Empleados de Justicia de la Nación (Regional 9) representada por su Secretario General Regional Juan Pablo Tripputi efectuó un pedido formal de intervención frente a la propuesta realizada por el Juez Federal N 3 de Córdoba, en el cual se estaría vulnerando el derecho a la justa expectativa judicial, la dignidad laboral, (desmoralizando el sentido del trabajo y el esfuerzo de centenares de judiciales) en el cual se propuso para cubrir la vacante del cargo de “Secretario” a una persona ajena a las plantas o escalafones federales; en otras palabras un “paracaidista” (no trabaja en la justicia federal).
En la presentación ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba se solicita el rechazo de la propuesta formulada por el Juez Federal Hugo Vaca Narvaja para el cargo de Secretario del Juzgado Federal N3 de una persona ajena a la justicia federal (paracaidista) fundamentando el pedido en la vulneración de la «carrera administrativa», la promoción y corrimiento de empleados en todos los cargos y que esta medida afectaría a la dignidad laboral, ya que desmoraliza el sentido de trabajo y esfuerzo que tantas personas realizan a diario, quienes incluso en diversas capacitaciones año tras año para ser calificado y puntuados, además de violentar el derecho a la justa expectativa judicial.
«PARACAIDISTAS»: Es el término con el que se refiere la UEJN al personal externo que desembarca en tribunales federales de forma arbitraria en cargos altos de funcionarios y que no trabajan en la justicia.
La UEJN expresó que cualquier margen de “discrecionalidad” para realizar todos los nombramientos necesarios que posibiliten la operatividad de un juzgado, no deben atentar contra lo dispuesto en el Reglamento para la Justicia Nacional. Dejando constancia lo que dice el Art. 15 de dicha disposición legal: «Para el ascenso de funcionarios y empleados serán preferidos los de la categoría inmediata inferior, teniéndose en cuenta la aptitud y título de los interesados para el cargo a proveerse, la idoneidad y conducta demostradas en el desempeño de los cargos que haya ocupado, debidamente registradas y calificadas y la antigüedad en la categoría. La falta de título habilitante o de aptitud para desempeñar el cargo a proveer autorizará la elección del candidato en categorías inferiores o aún la de extraños al personal».
El comincado de ayer tambien fue firmado por Julio Juan Piumato Secretario General de la Union de Empleados de la Justicia de la Nación.

Por todo lo expuesto, la Unión exige a los jueces que den sus argumentos porque las promociones que importen una postergación del personal con más antigüedad o jerarquía superior “deben estar sobradamente fundadas”. Exigimos ¡Que se haga Justicia en la Justicia! y reafirmamos el rechazo a cualquier designación que pueda afectar gravemente la dignidad y el derecho a la justa expectativa de los y las trabajadores judiciales.


