El juez federal Carlos Ochoa hizo lugar al amparo presentado por una mujer a la que la empresa de medicina prepaga Nobis SA dio de baja de forma unilateral.

Un embarazo sin controles por una baja inesperada

La postura de Nobis

Los argumentos del juez Carlos Ochoa

“Nobis no podía rescindirle el contrato a su afiliada, sino que ante la falta de ingreso del aporte por parte de la Obra Social del Personal Mosaista, debió notificarle oportunamente la rescisión operada a la señora (amparista) a los fines de que integrara la cuota en su totalidad o que comenzara a correr el plazo de un mes, y restringir el acceso a la cobertura o readecuarla a un servicio básico, conforme lo acordado en el contrato, circunstancia que finalmente no resultó acreditada”, recordó el juez.