El hombre finalmente fue descubierto. El juez dictó la medida a su favor por prescripción.
El Juzgado Federal N° 2 de Córdoba capital sobreseyó a un hombre acusado de haber cobrado de forma fraudulenta la jubilación de una víctima mediante el uso de documentos adulterados.
La maniobra del sospechoso en Córdoba
La Fiscalía Federal N° 2, a cargo en su momento de Gustavo Vidal Lascano (ya hubilado), acusó a Raúl José Penzino de haberse hecho pasar por otra persona para cobrar los haberes en la sucursal del Banco Nación de plaza San Martín, la más importante de Córdoba.
El hecho se remota al 7 de diciembre de 2011, cuando alrededor de las 8, Penzino ingresó a la entidad y cobró 32 mil pesos que correspondían al real beneficiario de la jubilación. Para lograrlo habría utilizado un DNI adulterado que contenía su propia foto pero los datos filiatorios del verdadero titular.
A partir del hecho, las autoridades del Nación, a través de medios informáticos, pusieron en conocimiento a todo personal de las distintas sucursales de dicha entidad a la situación y exhibieron fotos del presunto estafador.
El acusado fue identificado meses después, en mayo de 2012, cuando se presentó a cobrar su propia jubilación en la sucursal de la localidad de Munro, en la provincia de Buenos Aires.
En esa ocasión, un empleado bancario advirtió que la fisonomía del hombre se asimilaba a la de la persona que utilizaba documentos falsos tras haber recibido una foto vía correo electrónico enviada por la gerencia del banco, lo que permitió su identificación y posterior detención por parte de la comisaría.
Penzino fue imputado por presunta estafa y uso de documento público falso o adulterado, previstas en los artículos 172 y 296 del Código Penal, en concurso ideal, en grado de tentativa y en calidad de autor.
Sobreseimiento
El juez N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, ordenó el sobreseimiento por prescripción de la acción penal al considerar que, para los figuras endilgadas, las penas máximas de prisión son de seis y dos años, respectivamente.
El magistrado señaló que el último acto con capacidad para interrumpir la prescripción fue la citación a declaración indagatoria el 25 de septiembre de 2015.
Desde esa fecha hasta el momento del fallo, transcurrió el máximo del término legal previsto por la norma sin que se produjeran nuevas circunstancias que suspendieran o interrumpieran el curso de la prescripción.
Además, un informe de reincidencia digital emitido el 27 de enero de 2026 confirmó que Penzino no cometió nuevos hechos delictivos que pudieran afectar el plazo legal.
En virtud de estos fundamentos y de acuerdo a lo dispuesto por el Código Procesal Penal de la Nación, el juez ordenó el sobreseimiento.
Foto: La sucursal del Banco Nación en calle San Jerónimo, en Córdoba capital. (Captura/©Google Street View)


