La empresa se hará cargo del costo de la intervención, tras alcanzar un acuerdo con la demandante.
Un mujer de la localidad cordobesa de Porteña logró un acuerdo con la Asociación Mutual Centro Médico de San Francisco (Cami Salud) para la cobertura de la cirugía reconstructiva de la operación bariátrica a la que se sometió en 2024 debido a su obsesidad.
El amparo lo presentó en 2025 ante el Juzgado Federal de San Francisco, que ahora deberá homologar al acuerdo entre las partes.
Amparo en San Francisco
La amparista relató que se sometió a la cirugía bariátrica en 2024, con prestación a cargo de la mutual en su totalidad. Tras perder 60 kilos, su médico le prescribió en 2025 una cirugía reconstructiva por colapso epidérmico en las zonas abdominal, entrepiernas, senos y brazos.
Según el informe médico, el cuadro le dificulta los movimientos diarios y genera riesgos de infecciones, erosiones cutáneas y hernias, complicaciones que se ven potenciadas por diabetes.
Ante la falta de respuesta inicial de Cami Salud, la mujer la intimó para que autorizara la cirugía. Tras no lograr una solución concreta, con el patrocinio de la abogada Elizabeth Müller, presentó el amparo por el riesgo de volver a padecer cetoacidosis e hipoglucemia, poniendo “en serio riesgo” su salud y su vida.
De esta forma, solicitó al juez subrogante de San Francisco, Sergio Pinto, que ordenara la cobertura integral de la cirugía reconstructiva post operación bariátrica “por colapso epidérmico en las zonas abdominal, entrepiernas, senos y brazos”.
Al respecto, citó jurisprudencia que menciona el derecho a la salud (y su vinculación con el derecho a la vida) reconocido por la Constitución Nacional y por tratados internacionales. Asimismo, ofreció prueba documental, informativa y pericial médica para acreditar la necesidad de la intervención.
Por su parte, Cami Salud rechazó el pedido de cirugía al considerar que no se encontraba “obligada legal ni contractualmente” a brindarla por ser “un tratamiento puramente estético que no guarda relación alguna con necesidades de salud” de la amparista.
Acuerdo entre las partes
Finalmente, las partes acordaron la realización de la intervención. El convenio contempla que la empresa brindará la asistencia económica para la cirugía de dermolipectomía abdominal circunferencial con colgajo glúteo. Será realizada en la Clínica Regional del Este, de San Francisco, en mayo.
La amparista, por su lado, aceptó la asistencia económica como un «reajuste definitivo» de sus pretensiones, e incluye la renuncia a cualquier reclamo posterior de reparación patrimonial o extrapatrimonial, acción civil o penal derivada del conflicto.
El acuerdo no implica que la mutual reconozca responsabilidad ni los derechos reclamados originalmente por la actora. De esta forma, las partes solicitaron al juez la homologación judicial del acuerdo.
Foto: Imagen ilustrativa. (Pexels.com/Mehmet Turgut Kirkgoz)


