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Con el sello de “Ferrari”: condenaron a tres personas en Córdoba por transportar cocaína

  • PorJudiciales
  • julio 12, 2026

La jueza Carolina Prado impuso penas de entre tres y cuatro años de prisión.

El Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba, a cargo de la jueza Carolina Prado en sala unipersonal, condenó a un hombre y tres mujeres por transportar casi dos kilos de cocaína en la localidad de Devoto en 2025.

La magistrada condenó a Braian Sebastián Medero a cuatro años de prisión y a Ofelia Betiana Díaz y Patricia Alejandra Rodríguez a tres años, en el marco de un juicio abreviado, acordado con el fiscal general Maximiliano Hairabedian.

Cocaína en la ruta

La causa comenzó a partir de una denuncia anónima que apuntaba específicamente a Medero como el encargado de trasladar la droga en un auto blanco desde Córdoba hacia San Francisco. Como dato extra mencionaba que lo acompañaría una mujer robusta.

Así, el 1° de julio de 2025 por la tarde Medero fue controlado en el peaje de Devoto, en la ruta nacional 19, mientras manejaba un Volkswagen Scirocco.

Intentó retroceder para evadir la inspección, pero no fracasó y tanto él, como Díaz y su madre, Rodríguez (titular registral del auto) fueron detenidos cuando la Fuerza Policial Antinarcotráfico halló casi dos kilos de cocaína y cloruros en el baúl.

Los efectivos hallaron la droga en el compartimento de la rueda de auxilio con un escudo de la marca Ferrari y las iniciales «SF».

Postura del fiscal

El fiscal Hairabedian promovió la realización del juicio abreviado y modificó la calificación inicial del caso respecto a las dos mujeres.

Precisó que la droga no se encontró en las pertenencias personales ni en posesión directa de Díaz y Rodríguez, sino oculta en la estructura del coche. El peritaje realizado a los teléfonos celulares de las mujeres no arrojó ninguna información de interés para la causa, a diferencia del teléfono de Medero, donde se detectaron conversaciones compatibles con lenguaje codificado propio del manejo de estupefacientes.

Por tales motivos, el fiscal solicitó encuadrar la conducta de Medero en calidad de autor del delito y la de Díaz y Rodríguez como partícipes secundarias, requiriendo penas de cuatro años de prisión para el primero y de tres años para las dos mujeres.

Para Díaz, requirió además la unificación con una condena anterior de tres años en suspenso por entrega de estupefacientes a título oneroso y solicitó una pena única de tres años de prisión efectiva.

Postura de la defensa y condenas

Los imputados prestaron su conformidad para la aplicación del juicio abreviado, aceptaron la descripción del hecho y el encuadre legal planteado por la fiscalía.

La jueza Prado homologó el acuerdo y dictó las condenas. La magistrada validó el cuadro probatorio reunido durante la instrucción, el cual incluyó las actas de procedimiento policial, los testimonios de los agentes y civiles intervinientes y el peritaje de la droga.

Sostuvo que la confesión formalizada por los acusados estaba respaldada de forma sólida por las constancias de la causa y compartió el criterio del fiscal respecto a los diferentes niveles de participación criminal.

  • Condenaron al hombre que estuvo 13 años prófugo por el contrabando de un cargamento de marihuana de Paraguay a Córdoba

“Medero tuvo dominio pleno en la comisión del hecho, propio de la condición de autoría; mientras que la colaboración brindada por Rodríguez y Díaz debe quedar definida en los términos de una participación secundaria, pues cooperaron a la ejecución del hecho pero su accionar no resultó indispensable para la perpetración del delito, es decir, prestaron su ayuda de tal manera que aún sin ella el ilícito pudo ser igualmente cometido”, indicó Prado.

Enfatizó que la figura penal de transporte de estupefacientes constituye un delito de peligro y de consumación instantánea que se agota con la sola acción de desplazar la sustancia prohibida desde el punto de partida, sin que influya la distancia recorrida ni el hecho de que el trayecto haya sido interrumpido por las autoridades.

Narcoencomienda: la Cámara confirmó el procesamiento un hombre

Por su parte, en otra causa, la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Matías Emanuel Palomeque Sánchez, imputado como presunto autor de transporte de estupefacientes.

La resolución ratificó el fallo del juez federal N° 1 de Córdoba, el subrogante Carlos Ochoa, y rechazó la apelación presentada por la defensa.

Palomeque Sánchez fue acusado de haber despachado, en febrero de 2024, una encomienda en el local de la empresa Buspack Express de la Terminal de Ómnibus de Córdoba capital con destino a San Juan.

El remitente se registró bajo el nombre de una persona inexistente, “Mónica Tello”, y se consignó como destinataria a Karen Valentina Navas. El paquete fue interceptado en San Juan, donde Gendarmería constató que contenía cocaína con cloruros por casi dos kilos.

A través de las filmaciones de las cámaras de seguridad del comercio y el testimonio del encargado del local, quien identificó al remitente como un cliente recurrente, las autoridades cotejaron las imágenes con el Registro Nacional de las Personas y determinaron que la persona que realizó el envío era Palomeque Sánchez.

Asimismo, el número telefónico aportado en la sucursal de encomiendas coincidía con el del imputado.

La acusación también señaló que el procesado registraba más de 50 envíos durante 2023 y vinculó la procedencia de sus fondos a actividades ilícitas debido a que los márgenes de ganancias de sus comercios de comida rápida y maxikiosco no se correspondían con los valores de compraventa de dólares que ofrecía en Facebook.

Finalmente, la Cámara rechazó el recurso de la defensa y confirmó la resolución de primera instancia. Determinó que los registros fílmicos mostraron al imputado al momento de despachar la encomienda, sumado al reconocimiento directo del encargado del local y la verificación de los datos del sospechoso ante el Renaper.

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