Uno de los imputados no cumplió con el requisito de residencia en el país para la continuidad del beneficio. Lo habría ayudado, en complicidad, su apoderada.
El Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba, a cargo de Julián Falcucci, hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba en favor de dos acusados por defraudación en perjuicio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y deberán abonar tres millones de pesos como reparación.
La acusación
Los hechos se remontan al período comprendido entre el 16 de enero de 2018 y junio de 2024 cuando Enzo Omar Españon percibió indebidamente la Pensión Universal para el Adulto Mayor (Puam) otorgada por Anses, según el requerimiento de elevación a juicio.
La irregularidad reside en que el imputado no cumplía con el requisito de residencia en el país, exigido por la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados) para la continuidad del beneficio.
Según informes de Migraciones, Españon salió de Argentina el 18 de octubre de 2017 y no regresó sino hasta el 4 de diciembre de 2024, excediendo ampliamente el límite de 90 días corridos de ausencia permitidos por la reglamentación antes de la suspensión del cobro.
El monto total de la defraudación ascendió a 2.929.970 de pesos. Para concretar la maniobra, habría contado con la colaboración de su apoderada, Gricelda Irene Españon, quien compartía acceso a la cuenta bancaria del Banco Santiago del Estero y realizó numerosas extracciones por cajero automático durante el período mencionado.
El hombre fue imputado como autor de defraudación en perjuicio de la administración pública nacional en forma continuada, mientras que a la mujer se le endilgó haber sido partícipe necesaria. El delito prevé una escala penal en abstracto de dos a seis años de prisión.
Pedido de la defensa
El abogado de los acusados, Juan Manuel Milanesio Ferreyra, solicitó la suspensión del juicio a prueba (probation) en favor de sus asistidos. El letrado ofreció tres millones de pesos, pagaderos en seis cuotas, en concepto de reparación del daño con más las tareas comunitarias.
A su turno, el fiscal auxiliar, Maximiliano Aramayo Sánchez, prestó total conformidad y dictaminó favorablemente a la concesión del beneficio.
Tuvo en cuenta las características del hecho, la calificación legal y la carencia de antecedentes penales computables, que tornaban eventualmente procedente una pena de ejecución condicional. Consideró razonable la oferta económica en la medida de las posibilidades de los imputados, que cuentan con escasos ingresos.
El juez Falcucci hizo lugar a la probation por un año y medio, por lo que deberán depositar el monto en una cuenta del Ministerio de Justicia de Córdoba para destinarlo a una institución.
Foto: Sede de Anses Córdoba. (Captura/©Google Street View)


