El juez Sánchez Freytes consideró “desproporcionada” la cesantía cuando pudo haber sido simplemente sancionado.

Así, “la pérdida de confianza no debe ser un hecho meramente subjetivo, que ha causado ‘impresión’ al empleador, sino que debe manifestarse a través de un hecho o una omisión concreta del trabajador que configure una injuria que imposibilita la continuidad de la relación laboral. En consecuencia, la ruptura por pérdida de confianza debe derivar de uno o más hechos que conculquen las expectativas acerca de una conducta leal y acorde con dichos deberes creadas con el devenir del vínculo”, indicó.

Foto: sede de Anses en Córdoba. (Captura/©Google Street View)